El ciclo de cobro del IRS, paso a paso (y cómo se rompe)
Las cartas del IRS no son al azar: son una secuencia que termina en embargo. Saber en qué punto del ciclo estás es lo que permite frenarlo a tiempo.
Cuando debes al IRS, la agencia sigue un ciclo de cobranza con avisos cada vez mas serios. Entenderlo quita el miedo y, sobre todo, da control: cada carta tiene un significado y un plazo.
La secuencia de avisos
- CP14: el primer aviso de saldo. Aqui empieza el ciclo y todavia tienes toda la flexibilidad para resolver.
- CP501: primer recordatorio de que sigues debiendo, con interes y multas que se acumulan.
- CP503: segundo recordatorio, con un tono mas firme.
- CP504: Aviso de Intencion de Embargo. El IRS puede tomar tu reembolso estatal. Serio, pero aun NO es el aviso final.
- LT11 o Letter 1058 (a veces CP90): el Aviso FINAL de Intencion de Embargo y de tu Derecho a una Audiencia. Aqui arranca el reloj de 30 dias.
El punto clave: los 30 días del aviso final
Cuando llega el LT11 o el Letter 1058, tienes 30 dias para solicitar una audiencia de Debido Proceso de Cobranza (CDP, Collection Due Process) con el Formulario 12153, bajo la seccion 6330. Pedirla a tiempo detiene el embargo mientras la Oficina de Apelaciones revisa tu caso, y te da la mesa para proponer una solucion. Dejar pasar esos 30 dias es el error mas caro.
El gravamen (NFTL)
Aparte del embargo, el IRS puede presentar un Aviso de Gravamen Fiscal Federal (NFTL, Notice of Federal Tax Lien, Form 668-Y). El Letter 3172 te da derecho a apelar bajo la seccion 6320, tambien con 30 dias. El gravamen no toma tu dinero, pero marca tus bienes ante el mundo y afecta tu credito y tus ventas.
¿Cuánto dura el ciclo?
En la practica, de la evaluacion de la deuda al aviso final suelen pasar unos 4.5 a 5 meses, pero es aproximado y varia mucho segun el caso, la carga del IRS y la temporada: puede ser mas rapido o mas lento de lo que publica el IRS. Y recuerda: el IRS tiene en general 10 anos desde la evaluacion para cobrar, el CSED (Collection Statute Expiration Date), bajo la seccion 6502.
Lo primero que hacemos con tu poder es obtener tus transcripts y ubicar exactamente en que punto del ciclo estas, para romperlo antes del embargo. Mientras mas temprano actues, mas opciones tienes.
Por Victor Padilla, EA, NTPI Fellow®, CTR™, CAA — SOLON Defensa Fiscal.
Fuente oficial: sitio web del IRS (irs.gov).